Inspección según Norma Chilena 2056 y NFPA 10
El propósito de la inspección es dar una seguridad razonable que el extintor funcionará en forma efectiva y segura. Esto se realiza observando que se encuentre en el lugar designado, que no haya operado o alterado y que no exista daño físico obvio o condición que impida su operación.
Frecuencia
Los extintores se deben inspeccionar al momento de su instalación y posteriormente a intervalos aproximados de 30 días; cuando las circunstancias así lo requieran, las inspecciones deben ser más frecuentes.
Procedimiento de Inspección
La inspección periódica de los extintores debe incluir, a lo menos, la verificación de los siguientes ítems:
- Que el extintor esté en el lugar designado.
- Que el acceso o la visibilidad al extintor no estén obstruidos.
- Que las instrucciones de uso sean legibles y estén de frente a la vista.
- Que los sellos de seguridad indicadores de uso no falten o estén rotos.
- Que la masa del extintor cargado corresponda a la informada en rótulos.
- Que no se observe evidencia de daño físico, corrosión, escape u obstrucción de la manguera.
- Que la lectura del manómetro esté entre los límites de la zona de operación.
- Que los rótulos del servicio técnico estén vigentes.
- Que el extintor no sea de un tipo obsoleto.
- Que las pruebas hidrostáticas ésten al día.
Nota: Procedimiento según lo indicado por Nch.2056.of1999